| CAPÍTULO I: NATURALEZA Y OBJETIVOS |
ARTÍCULO 1o.- El Reglamento Académico es el conjunto de normas, reglas y procedimientos que sirven de fundamento, orientación y regulación de las actividades académicas del Diplomado en Misionología del CAVEM.
Este Reglamento tiene como objetivos:
a) Describir las reglas y procedimientos académicos que sirven de guía a los coordinadores, profesores y alumnos involucrados en los distintos procesos formativos.
b) Organizar y regular las actividades académicas optimizando los recursos que intervienen en el logro de los objetivos académicos.
| CAPÍTULO II: DE LA MODALIDAD DE ESTUDIOS |
ARTÍCULO 2o.- La modalidad de estudios de este Diplomado en Misionología es VIRTUAL y CÍCLICO; se organiza por cursos modulares.
| CAPÍTULO III: DEL CALENDARIO ESCOLAR |
ARTÍCULO 3o.- El Calendario Académico es un instrumento de planificación de las actividades académicas que desarrolla el CAVEM.
ARTÍCULO 4o.- El Calendario Académico se fundamenta en la división del año académico en dos (2) semestres.
ARTÍCULO 5o.- Los estudios en el Diplomado se impartirán en períodos semestrales, habrá dos en el año, formando un ciclo escolar. Un semestre corresponderá de Septiembre a febrero, y el otro de Marzo a Agosto.
| CAPÍTULO IV: DEL PERSONAL DOCENTE |
ARTÍCULO 8o.- Para ser docente de un curso o materia del CAVEM VIRTUAL se requiere:
- Ser católico comprometido, Contar con el dominio probado de los contenidos de la asignatura, Tener preferentemente experiencia misionera, Poseer preferentemente experiencia profesional y/o docente, Contar con reconocida solvencia moral, Tener el gusto y los conocimientos mínimos en computación.
ARTÍCULO 9o.- Los docentes del CAVEM impartirán su materia con el método didáctico más adecuado a la materia y tendrán libertad para elegir los criterios con los que orientará su clase, ajustándose al programa autorizado por el propio Centro.
ARTÍCULO 10o.- El docente es autoridad en su clase, por lo que tiene la responsabilidad de reglamentar una relación de mutuo respeto con sus alumnos, encaminado siempre al logro de los objetivos de la misma, de conformidad a los criterios generales que establezca el Centro de Animación.
ARTÍCULO 11o.- El docente deberá presentar al inicio del curso o materia, el plan de trabajo y programación de su asignatura en los formatos proporcionados para el caso.
ARTÍCULO 12o.- El docente deberá informar durante el desarrollo del curso alguna irregularidad, sea en lo referente a su avance programático o sobre situaciones especiales de alumnos.
ARTÍCULO 13o.- El docente notificará a su grupo al inicio del curso o materia, acerca del objetivo general del mismo, su programa de trabajo, la metodología a seguir y se asegurará que conozcan los criterios de evaluación aplicables, de conformidad con la reglamentación expedida, debiendo notificarles por lo menos con cinco días hábiles de anticipación las fechas en que aplicará la evaluación.
ARTÍCULO 14o.- Será responsabilidad de los docentes presentar a la Coordinación los resultados obtenidos por sus alumnos en un plazo, no mayor de quince días, después de la fecha de la última evaluación.
ARTÍCULO 15o.- Al concluir totalmente su curso, deberá llenar el formato de acta de calificaciones finales, que le harán llegar los responsables del Centro.
ARTÍCULO 16o.- Será responsabilidad de los docentes mantenerse en comunicación permanente con los directivos ó administración del Centro de Animación, permaneciendo siempre atentos a sus llamados, indicaciones y recomendaciones para retroalimentar su quehacer, haciéndolos partícipes además de sus sugerencias, problemas o inquietudes personales, a fin de que el Centro esté en condiciones de apoyarlos y dar respuestas oportunas.
| CAPÍTULO V: DE LOS PROGRAMAS |
ARTÍCULO 17o.- El programa de cada asignatura deberá contener los siguientes elementos:
- Nombre de asignatura, Objetivos generales y específico, Descripción general
Descripción de contenido distribuidos por semana (Planeación Didáctica)
- Metodología del proceso enseñanza-aprendizaje
Instrumentos de evaluación
ARTÍCULO 18o.- Los programas de las asignaturas deberán ser revisados periódicamente para actualizarlos
| CAPÍTULO VI: DE LOS ALUMNOS |
ARTÍCULO 19o.- Son alumnos del Diplomado, todos aquellos que, habiendo cumplido satisfactoriamente los requisitos de admisión e inscripción, cursan alguno de los programas académicos que ofrece el Centro.
A) Alumno regular, es aquel que está legalmente inscrito en el Diplomado
llevando todas sus materias en curso normal y sin tener materias reprobadas pendientes de re-cursar.
B) Alumno irregular, es aquél que estando legalmente inscrito en el Centro re-cursa materias o tiene algún tipo de examen pendiente en materias ya cursadas con anterioridad.
ARTÍCULO 20o.-Los alumnos podrán obtener autorización para interrumpir sus estudios o bien para darse de baja temporal. Para los efectos de la presente disposición la autorización interrumpe los estudios del interesado, condicionando su reingreso a las disposiciones que existan en la época.
Se entenderá que los interesados renuncian a su inscripción o reinscripción cuando no dan señales de presencia en un plazo mayor a un mes, o bien cuando hayan iniciado su trámite y no lo concluyan.
ARTÍCULO 22o.- Los requisitos de admisión serán los siguientes:
- Estar trabajando en alguna acción pastoral dentro de su parroquia donde pondrá en práctica los conocimientos y habilidades que el alumno irá adquiriendo conforme se desarrolla el diplomado.
- Edad Mínima 18 años
- Comprometerse a terminar todo el curso incluyendo los seminarios-taller, o evaluaciones al terminar cada nivel.
- Llenar el formulario de Inscripción y cumplir con los requisitos que ahí se mencionan
Cubrir la cuota de recuperación la cual incluye el costo del material que se utilizará en cada semestre.
ARTÍCULO 23o.- Para ser reinscrito, el alumno deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- No tener adeudos por cuotas escolares.
- No haber recibido sanción que implique la pérdida de su condición de alumno.
- Tener en orden toda su documentación en el registro.
- Llenar y presentar la solicitud de reinscripción.
- Cubrir las cuotas escolares correspondientes.
ARTÍCULO 24o.- El participante que desee darse de baja temporal por motivos personales de algún semestre, sin que se le considere reprobado, deberá hacerlo por escrito con una “Carta de Baja Temporal” antes del primer día de clases, no pudiendo solicitar más de 3 bajas temporales a fin de evitar la baja definitiva. Para reingresar al diplomado después de una baja temporal, el participante deberá entregar por escrito una “Carta de Alta”, solicitando su reincorporación al diplomado.
| DE LAS OBLIGACIONES, DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS |
Son obligaciones de los alumnos:
ARTÍCULO 25o.- Los alumnos del Diplomado en Misionología tienen las obligaciones siguientes:
- Cubrir oportunamente sus cuotas de inscripción o reinscripción
- Cursar y aprobar todas las asignaturas curriculares y cumplir con los programas de actividades que con carácter obligatorio implemente el Centro en el plan de estudios
- Cumplir con los programas de asignatura de la carrera que cursen; realizando las prácticas y ejercicios que indiquen dichos programas y sus profesores
ARTÍCULO 26o.- Son derechos de los alumnos:
- Recibir la formación integral diseñada por el diplomado
- Recibir trato respetuoso de las autoridades, profesores y personal administrativo
- Recibir del personal docente, asesoría y apoyo de acuerdo al modelo académico
- Recibir la calificación por cada examen, y a petición del alumno un constancia de estudios parcial
- Recibir el Documento que el CAVEM otorgue al finalizar el programa cursado
ARTÍCULO 27o.- Los alumnos incurrirán en responsabilidad por:
- Faltar al respeto a cualquier miembro del CAVEM
- Falsificar y/o alterar cualquier documento académico u oficial, tanto expedido por el Centro de Animación como los que deban presentarse a ésta para cualquier acreditación
ARTÍCULO 28o.- Los alumnos que incurran en cualquiera de las responsabilidades especificadas en el artículo anterior se harán acreedores, según la gravedad de la falta, a una o más de las sanciones siguientes:
- Amonestación verbal y privada, y si el caso lo amerita amonestación por escrito con copia al expediente
- Suspensión temporal
- Pago o reposición de material, equipo y bienes muebles e inmuebles del Centro dañados o perdidos por negligencia o mal uso;
- Suspensión en el goce de sus derechos, según la falta cometida
- Expulsión definitiva del CAVEM.
| CAPÍTULO VII: DE LA EVALUACION ACADEMICA |
ARTÍCULO 29o.- La evaluación del rendimiento académico de los estudiantes se define como un proceso mediante el cual cada profesor determina el nivel o grado en que se han alcanzado los objetivos de la asignatura que imparte.
ARTÍCULO 30o.- El Sistema de Evaluación es flexible, se ajusta a las características de las materias enseñadas y al desarrollo didáctico de las asignaturas dentro de las pautas generales establecidas. La mayor parte de las Asignaturas serán evaluadas con calificación, y una minoría como acreditadas.
ARTÍCULO 31o.- Para los efectos de la Evaluación, el profesor deberá contemplar las siguientes modalidades de tareas académicas:
- Participación en asesorías, acompañamientos y/o video-conferencias, foros de discusión etc.
- Trabajos monográficos y/o de investigación.
- Resoluciones de casos y problemas.
- Prácticas evaluadas.
- Otras actividades curriculares.
El Sistema de evaluación puede contemplar las siguientes modalidades del examen:
- Prueba escrita, Prueba oral, Prácticas evaluadas, y Elaboración y sustentación de trabajo
ARTÍCULO 30o.- Cuando los alumnos, por causas de fuerza mayor, no hubiesen podido presentar alguna evaluación, los maestros podrán aplicar una que la sustituya, siempre y cuando lo apruebe la Coordinación del Diplomado.
ARTÍCULO 31o.- Al finalizar cada taller los participantes evaluarán el desempeño del profesor, ello con el fin de ir mejorando en forma continua el servicio académico que ofrece el Centro.
| CAPÍTULO VIII: DE LA ACREDITACIÓN |
ARTÍCULO 32o.- Acreditación es la certificación oficial del logro de los objetivos de formación considerados en el programa de estudio de una asignatura, que permite la promoción del alumno en un plan de estudio y su acceso al siguiente nivel.
ARTÍCULO 33o.- Acredita una asignatura aquel participante que cumpla con los siguientes aspectos:
- El participante deberá tener un mínimo de 80% de PARTICIPACION en los trabajos, video-conferencias ó foros de discusión que se dicten durante el semestre
- El participante está obligado a asistir puntualmente a las sesiones programadas
| CALIFICACION DE LAS ASIGNATURAS |
ARTÍCULO 34o.- La calificación mínima aprobatoria de cada unidad de aprendizaje es de 6 (seis), en una escala de 0 a 10. Si el alumno no obtiene por lo menos este mínimo, no tendrá calificación numérica, en su lugar se le anotará NA (no acreditada).
ARTÍCULO 35o.- La calificación final de la asignatura es igual a la sumatoria de las calificaciones obtenidas en los trabajos prácticos, las pruebas parciales y el examen final, siempre que se haya establecido una proporción o porcentaje en cada uno de los aspectos señalados.
En el CAVEM, las notas que acreditan puntuación son:
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| NOTAS |
VALOR |
| 10 |
Excelente |
| 9 |
Muy Bueno |
| 8 |
Bueno |
| 7 |
Regular |
| 6 |
Deficiente |
| 5 |
No Satisfactorio (Reprobado) |
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Los participantes que hayan obtenido una calificación pendiente en alguna asignatura, tendrán como límite para regularizarlo 1 mes a partir de la fecha en que se entregaron las calificaciones. De lo contrario, se considerará el curso como reprobado.
ARTÍCULO 36o.- En caso de que el estudiante falte a la prueba final, deberá presentar al Coordinador una excusa justificable junto a la solicitud de prueba especial.
| DE LA ENTREGA Y PUBLICACION DE LAS CALIFICACIONES |
ARTÍCULO 37o.- La Coordinación suministrará al profesor un formulario para el reporte de las calificaciones con los estudiantes inscritos oficialmente en la sección correspondiente.
ARTÍCULO 38o.- Las calificaciones finales deben ser entregadas por el profesor a la Oficina de Registro, en el plazo máximo de 15 días después de la evaluación final.
ARTÍCULO 39o.- El reporte de las calificaciones de parte del profesor se hará consignando nombre completo del estudiante y la calificación obtenida en número.
ARTÍCULO 40o.- La Coordinación publicará las calificaciones de los estudiantes en un Apartado especial para ello en la seccion de Alumnos de este sitio Web.
ARTÍCULO 41o.- Todo estudiante tiene derecho a solicitar revisión de su calificación final. Dicha solicitud deberá hacerse a la Coordinación, por escrito, en un plazo máximo de 5 días después de publicadas las calificaciones.
La Coordinación le comunicará por escrito al estudiante la decisión.
BAJAS
ARTÍCULO 42o.- Serán dados de baja definitiva del programa los participantes que: Reprueben 3 o más asignaturas.
CAPÍTULO IX: REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIA |
ARTÍCULO 42o.- La revalidación de una asignatura es la aceptación de equivalencia entre los contenidos temáticos de una o más asignaturas cursadas y aprobadas en otro Centro Misionero o Institución de la Iglesia Católica y en virtud de la cual se tiene por aprobada esta asignatura a pesar de no haber sido efectivamente cursada.
ARTÍCULO 43o.- La revalidación de asignaturas se hará a solicitud del estudiante.
Para solicitar revalidación de asignaturas el estudiante deberá obtener con los coordinadores el Formulario de Solicitud de Revalidación, elaborado para esos fines.
ARTÍCULO 44o.- El Formulario de Solicitud de Revalidación deberá ser debidamente llenado y depositado en la coordinación, acompañado del Certificado de Calificaciones de las asignaturas cursadas en el Centro de procedencia, legalmente firmado y sellado.
ARTÍCULO 45o.- El Comité de Revalidación está integrado por:
- Asesores, Coordinadores, Subcoordinadores
ARTÍCULO 46o.- El Comité aceptará, con fines de revalidación, solamente:
- asignaturas cursadas en un plazo anterior no mayor a tres años,
- el 50% de los cursos de una constancia de estudios.
CAPÍTULO X: REGLAMENTO DE PARTICIPACION EN LOS FOROS. |
- Al participar en un foro escribir solo lo relacionado al tema, a menos que el profesor les de indicaciones de que pueden agregar un nuevo tema.
- Al participar en un foro debes dirigirte a tus compañeros con respeto, sin hacer polémicas ó comentarios que puedan resultar ofensivos para los demás.
- Queda estrictamente prohibido el uso de apodos, palabras altisonantes o comentarios que vayan en contra de la dignidad de cualquier alumno, ya sea su en persona, en su manera de pensar, en su cultura ó de cualquier otra índole que pudiera ser ofensivo para los demás
CAPÍTULO XI: DISPOSICIONES GENERALES. |
ARTÍCULO 47o.- El Comité Directivo deberá conocer y decidir sobre los asuntos no previstos en el presente Reglamento y modificarlo en los casos en que lo considere oportuno.
ARTÍCULO 48o.- Este reglamento deberá ser revisado anualmente y su contenido dado a conocer a todos los participantes del Diplomado.
ARTÍCULO 49o.- El presente Reglamento entrará en vigor a partir Septiembre del 2009
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